DARWIN VARGAS SANTOS


martes, 15 de marzo de 2016

ESTATUTO ADUANERO DECRETO 390 DEL 07 DE MARZO DEL 2016

Descargue en este link el nuevo estatuto aduanero

DECRETO 390 DEL 07 DE MARZO DEL 2016

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VENTAJAS Y DESVENTAJAS DEL NUEVO ESTATUTO ADUANERO 


Artículo 1.

Alcance. El presente Decreto se aplica en la totalidad del territorio aduanero nacional y regula las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración aduanera y quienes intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías, hacia y desde el territorio aduanero nacional, con sujeción a la Constitución y la Ley. Así mismo, se aplica sin perjuicio de las disposiciones especiales y las resultantes de acuerdos o tratados internacionales a los que haya adherido o adhiera Colombia. los acuerdos o tratados mencionados comprenden, entre otros, los acuerdos comerciales y los referidos a la protección de la propiedad intelectual. La potestad aduanera se ejercerá, incluso, en el área demarcada del país vecino donde se cumplan las formalidades y controles aduaneros en virtud de acuerdos binacionales fronterizos. 

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