DARWIN VARGAS SANTOS


martes, 23 de septiembre de 2014

REQUISITOS LEGALES PARA IMPORTAR VINO A COLOMBIA

REQUISITOS LEGALES


NORMATIVA DE IMPORTACIÓN
Ø  Inscripción de los importadores en el Ministerio de Salud.
Todos los importadores de bebidas alcohólicas deberán inscribirse en el Ministerio de Salud.
Corresponde al Ministerio de Comercio Exterior a través del INSTITUTO COLOMBIANO DE COMERCIO EXTERIOR (INCOMEX), la función de verificar el cumplimiento de los requisitos sanitarios para la aprobación de los formularios oficiales de Registro de Importación para Alimentos que hayan obtenido Registro Sanitario del Ministerio de Salud, conforme a las normas legales vigentes y de impartir el Visto Bueno respectivo.
Ø  El organismo revisará y verificará en el formulario oficial de Registro de Importación los siguientes aspectos:

a. Que al formulario de importación se anexe copia auténtica del Registro Sanitario expedido por el Ministerio de Salud para cada uno de los productos alimenticios procesados o elaborados y terminados en el exterior, en la modalidad de IMPORTAR y VENDER.
b. Que el nombre de los alimentos a importar debe corresponder exactamente al que figure en el Registro Sanitario.
c. Que el nombre del exportador que figura en el formulario oficial de Registro de Importación, debe corresponder al TITULAR que aparece en el Registro Sanitario.
En caso de que el exportador que figura en el formulario de importación del Incomex sea diferente al titular del registro sanitario, a la solicitud para el otorgamiento del Visto Bueno debe adjuntarse una constancia del titular de que los productos que se pretenden importar provienen del fabricante titular del registro sanitario. La misma debe ser autenticada ante el Cónsul de Colombia en el respectivo país.
Ø  Constancia del titular para el importador.

Si el importador que figura en el formulario de importación es diferente a los autorizados por el titular del registro sanitario como su importador en Colombia, a la solicitud para el otorgamiento del Visto Bueno debe adjuntarse una constancia autenticada del titular del registro de que el nuevo importador esta autorizado para realizar la operación.
Ø  Registro Sanitario.

Para la comercialización de bebidas alcohólicas, incluido el vino es necesario obtener el registro sanitario. El mismo tiene una validez de 10 años.
Existen dos modalidades de registro para quienes deseen importar, el Registro para Importar (importaciones a granel) y el Registro para Importar y Vender.
Los interesados deben presentar ante la Subdirección de Licencias y Registros, Unidad Grupo Funcional de Bebidas Alcohólicas del INVIMA, una solicitud suscrita por el representante legal o su apoderado, según el caso, la que debe contener:
a. Nombre o razón social de la persona natural o jurídica a cuyo nombre se solicita el registro sanitario para importar y vender y su dirección completa.
b. Nombre del producto a importar, su fabricante y su domicilio.
c. Nombre o razón social del importador y su dirección completa.
La solicitud, ordenada indicando los folios respectivos y en expediente cuya carátula y contra carátula sean de color BLANCO lo cual identifica a las Bebidas alcohólicas de los demás productos bajo vigilancia y control del INVIMA, debe incluir además los siguientes documentos:
1. Copia al carbón del recibo de pago realizado en BANCAFE.
2. Formato de relación de documentos que constituyen el expediente indicando los folios respectivos.
3. Oficio de solicitud de trámite, presentado en forma escrita en original y copia.
4. Certificado expedido por la autoridad sanitaria del país exportador, en la que conste que el producto esta autorizado para el consumo humano y es de libre venta en ese país. Consularizado y avalado por el Ministerio de relaciones Exteriores.
5. Certificado de existencia y representación del fabricante, cuando se trate de persona jurídica o registro mercantil cuando se trate de persona natural en original. Con vigencia no mayor a 90 días.
6. Certificado donde conste que el producto proviene directamente del fabricante, o en su defecto por un distribuidor autorizado por el mismo, salvo cuando el titular del registro sea el mismo fabricante.
7. Certificado de análisis del producto terminado realizado por el laboratorio oficial del país de origen. Consularizado y avalado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
8. Si la solicitud se realiza a través de abogado, debe incluir el poder debidamente otorgado y con nota de presentación personal del poderdante y apoderado.
9. Las certificaciones deben venir previamente consularizadas, legalizadas, traducidas oficialmente al español y avaladas por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
10. Autorización del Titular para que el importador efectúe los tramites ante el INVIMA y comercialice su producto en Colombia.
11. Etiquetas por triplicado, las cuales deberán contener:
a. Nombre y ubicación del fabricante, importador y/o envasador responsable.
b. Numero del registro sanitario otorgado por el INVIMA.
c. Numero del Lote de producción.
d. Grado alcohólico expresado en grados alcoholimétricos.
e. Contenido neto en unidades del sistema internacional
f. Las siguientes leyendas:
“El exceso del Alcohol es perjudicial para la Salud (Ley Nº 30 de 1986)”, debe ocupar una décima parte de la etiqueta.
“Prohíbase el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad” (Ley Nº 124 de 1995)”
12. Muestras en 2 botellas de 750 C.C. cada una o 6 botellas de 330 C.C. cada una para el respectivo análisis de control de calidad.
Ø  Admisión de la solicitud.
Si la documentación estuviere completa se dictará un auto admitiendo la solicitud y en la misma providencia, según concepto técnico, se ordenará practicar el análisis del producto en el Instituto Nacional de Salud, para lo cual se enviara la muestra junto con la información técnica y el respectivo método de análisis, sin otra identificación distinta al número del expediente. Cuando el Instituto Nacional de Salud lo considere necesario podrá solicitar otros documentos del expediente.
Si el resultado del análisis fuere favorable se dicta una resolución otorgando el respectivo registro sanitario, en caso contrario se niega la solicitud por medio de una resolución motivada.
Ø  Registro Sanitario para varios productos.
Los vinos blanco, tinto y rosado de igual tipo, marca y similares características físico- químicas, tendrán un solo registro sanitario.
Ø  Registro Único.
 A una bebida alcohólica sólo podrá expedírsele una modalidad de registro sanitario.
Ø  Solidaridad en el mantenimiento de las condiciones sanitarias.
Los encargados de la elaboración, importación, hidratación, fraccionamiento, envase, distribución y comercialización de las bebidas alcohólicas y materias primas para bebidas alcohólicas serán responsables solidariamente con los titulares de los registros sanitarios en el mantenimiento de las condiciones sanitarias de los productos.
Ø  Documentos procedentes del exterior.
Todos los documentos procedentes del exterior deben estar autenticados por el Cónsul de Colombia en el respectivo país, abonados en el Ministerio de Relaciones Exteriores y con traducción oficial si están en idioma extranjero.


PRÁCTICAS PERMITIDAS Y PROHIBICIONES

En la elaboración, conservación, crianza y añejamiento de vinos se permitirán únicamente las prácticas que se mencionan a continuación:
a. La adición de sacarosa en cantidad igual o inferior a los azúcares naturales del mosto a fermentar y hasta un máximo de 105 gramos por litro de mosto.
b. Para aumentar la acidez fija de los vinos o mostos, si es necesario, se podrá agregar únicamente los ácidos cítrico o tartárico, de calidad u.s.p.
c. La desacidificacion de los vinos y mostos con acidez fija excesiva, se podrá efectuar mediante el uso de tártaro neutro de potasio, carbonato de calcio, carbonato de potasio o carbonato de magnesio de calidad u.s.p.
d. Como antioxidante, se permitirá la adición de ácido ascórbico o sus sales en proporción máxima de 150 mg/litro expresado como ácido ascórbico.
e. La adición de cloruro de sodio hasta 1g. Por litro.
f. La fermentación del mosto y pre fermentación del vino mediante levaduras cultivadas, seleccionadas o no.
g. En el producto terminado, la adición del anhídrido sulfuroso, gaseoso o líquido, o bien procedente de la combustión del azufre o mechas azufradas de soluciones sulfurosas, o metabisulfito de potasio.
Su contenido no deberá exceder de los siguientes límites:
·         Vinos blancos y rosados dulces:
100 mg. de SO= libre.
350 mg. de SO= total.
·         Vinos blancos y rosados secos:
50 mg de SO= libre
350 mg de SO= total.
·         Vinos tintos:
30 mg. de SO= libre
250 mg. de SO= total.

h. La adición del sulfato de calcio calidad u.s.p. en cantidad tal, que el vino no contenga más de 2g por litro de sulfatos, calculado como sulfato potasio.
i. Desulfitar mostos o vinos por métodos físicos que no alteren sensiblemente sus cualidades.
j. Agregar al mosto, nutrientes para la levadura, tales como fosfato de amonio exento de cloruro, fosfato amónico cristalizado puro, glicerofosfato anónimo puro, tiamina o urea en cantidad necesaria para asegurar el desarrollo de las levaduras.
k. Emplear infusiones, maceraciones de uva, ciruelas pasas y plantas aromáticas o hierbas inocuas.
l. La adición después de la fermentación de azúcar, glucosa, fructuosa, jarabe, azúcar INVERTIDO, a los vinos que lo requieren.
m. La mezcla de mostos y vinos entre si, o de los vinos con mostos.
n. La concentración de los vinos por los procedimientos físicos adecuados (calor, vacío, congelación).
o. La pasterización, el enfriamiento, la filtración, el trasiego, tratamiento con anhídrido carbónico, la centrifugación y otros métodos físicos usuales.
p. La clarificación con gelatina, albúmina, leche, caseína pura, cola de pescado, tierra de Lebrija, tierra de infusorios, bentonitas, enzimas pectoliticas, sabores o aromas extraños a los vinos y que no sean vehículos de infección microbiana, o produzcan intoxicaciones de orden patológico o pútrido.
q. La coloración con caramelo de mosto o de azúcar y la decoloración con carbón puro o negro animal.
r. En la elaboración de vinos generosos, se permite el encabezamiento con el alcohol etílico rectificado, o con alcohol vínico de hasta 80 alcoholimétricos, mezclados directamente al vino que haya pasado por el proceso completo de fermentación y en cantidad máxima de 70 ml, por litro de vino terminado.
s. El empleo de ácido sórbico o sus sales potásicas o sódicas en cantidad no superior a 150 mg por litro, expresado como ácido sórbico.
t. La adición de agua potable sólo será permitida a los mostos concentrados antes de iniciar la fermentación y en cantidad necesaria para rebajar su concentración de azúcar.

REQUISITOS DE LAS ETIQUETAS O RÓTULOS

Los productos nacionales e importados deben llevar una etiqueta o rótulo en el cual conste de una manera clara, además del nombre y marca del producto, en forma legible y en idioma español lo siguiente:



· Nombre y ubicación del fabricante, importador y/o envasador responsable.
· Número de Registro Sanitario otorgado por el Ministerio de Salud (a través de INVIMA).
· Contenido neto en unidades del Sistema Internacional de medidas.
· Grado alcohólico, expresado en grados alcoholimétricos.
· Número de lote.
· Las siguientes leyendas:

“El exceso del Alcohol es perjudicial para la Salud” (Ley Nº 30 de 1986)”, que debe ocupar una décima parte de la etiqueta.

“Prohíbase el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad” (Ley Nº 124 de 1995)
Estas etiquetas o rótulos se someterán a consideración del Ministerio de Salud conjuntamente con la solicitud de registro sanitario.



Ø  Cambios de etiquetas o rótulos.
 Las solicitudes de cambio de etiquetas de las bebidas alcohólicas deben presentarse ante el Ministerio de Salud, acompañada de las nuevas etiquetas o proyecto de estas.

Ø  Prohibiciones en la publicidad, rótulos o etiquetas.
 Se prohíbe en la publicidad, rótulos o etiquetas el empleo de frases, palabras, signos o emblemas y representaciones gráficas que pueda producir confusión, engaño o duda al consumidor sobre la verdadera naturaleza, origen, composición o calidad del producto, como también el uso de términos calificativos que sugieran calidades y/o propiedades que no posea el producto.
La Circular Nº 14516 de 1998 de INVIMA sobre el cumplimiento de requisitos de ley en los rótulos y etiquetas de bebidas alcohólicas según los términos establecidos en el Art. 16 de la Ley Nº 30 de 1986 y el Art 11 del Decreto Nº 365 de 1994 del Ministerio de Salud permite:

1. El uso en la parte inferior de la etiqueta principal, de una calcomanía opaca, nunca transparente, de calidades de adherencia y permanencia iguales a las de la etiqueta principal la cual debe contener la información exigida en la Legislación sanitaria vigente, en caracteres fácilmente legibles por su tamaño, tipo de letra y contraste con el fondo sobre el cual esté impresa y de dimensiones equivalentes a por lo menos el 10% de la leyenda "EL EXCESO DE ALCOHOL ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD", en ningún caso se permite tamaños ni contrastes que hagan perder el sentido dado por el Legislador, ni se exime de su cumplimiento a productos cuya información esté en forma pirograbada, en tetrapack, etc.

2. En el caso de productos cuya etiqueta principal por sus dimensiones originales no deje espacio en su parte inferior para colocar la calcomanía referenciada en el numeral anterior, se admite su adhesión en la parte posterior del envase o cuerpo principal del producto en las características reseñadas en el literal anterior en cuanto a tamaño (10% etiqueta principal), tipo de letra, contraste con el fondo, etc.

MARCO NORMATIVO

Ø  Circular Nº 379 de 1997. INVIMA. Importación de bebidas alcohólicas
Ø  Circular Nº 14516 de 1998. INVIMA. Cumplimiento de requisitos de ley en los rótulos y etiquetas de éstos.
Ø  Decreto Nº 3192 de 1983. Ministerio de Salud. Reglamenta parcialmente el título V de la Ley Nº9 de 1979, en lo referente a fábricas de bebidas alcohólicas. Elaboración, hidratación, envase, distribución, exportación, importación y venta. Establece los mecanismos de control a nivel nacional.
Ø  Decreto Nº 2742 de 1991 Ministerio de Salud. Se reglamenta parcialmente los Títulos V y VI de la Ley 9 de 1979 en lo referente a la importación y venta de medicamentos, bebidas alcohólicas, cosméticos y similares
Ø  Decreto Nº 761 de 1993. Ministerio de Salud. Modifica parcialmente el Decreto 3192 de 1983 relacionado con grado alcohólico en bebidas alcohólicas.
Ø  Decreto Nº 365 de 1994. Ministerio de Salud. Se establece la clasificación de las bebidas alcohólicas. Se modifican algunos aspectos relacionados con los envases y etiquetas, y la importación de bebidas alcohólicas, mencionadas en el Decreto 3192 de 1983.
Ø  Decreto Nº 2311 de 1996. Ministerio de Salud. Establece que las bebidas alcohólicas importadas deben tener registro sanitario el cual se solicitará ante la Subdirección de Licencias y Registros del INVIMA.
Ø  Ley Nº 30 de 1986. Congreso de la República. Artículo 16. Exceso de alcohol.
Ø  Ley Nº 124 de 1994. Congreso de la República. Prohíbe el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad y se dictan otras disposiciones.
Ø  Resolución Nº 982 de 1994. Ministerio de Salud. Adopta medidas sanitarias para la publicidad de las bebidas alcohólicas.
Ø  Resolución Nº 243710 de 1999. INVIMA. Se fijan pautas sobre las etiquetas, empaques y rótulos y el uso de los mismos.
Ø  Resolución Nº 243711 de 1999. INVIMA. Se aceptan diferentes formas de identificación de los lotes de fabricación o producción
Ø  Resolución 2002007893 de 2002. INVIMA. Se adoptan unos conceptos y recomendaciones de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas.
Tomado del Blog Colombia Wine Store

martes, 26 de agosto de 2014

Giro de 180 grados al sistema de ventas Tradicional

Buenas tardes:

Los métodos tradicionales de ventas ya no sirven...
...¿Por qué no intentas algo diferente?
·         Haces presentaciones muy bien elaboradas y como respuesta obtienes un “déjame pensarlo.”
·         Tus prospectos utilizan tus presentaciones como una herramienta de negociación con tus competidores, y termina haciendo negocios con alguno de ellos.
·         Presentas una solución a la medida de los problemas del prospecto y al final de dicen que tu precio es muy alto.

Los prospectos están dispuestos a escuchar tu información pero no toman tus llamadas después

FUNDAMENTOS DE VENTAS SANDLER

16 HORAS DE ENTRENAMIENTO INICIAL
¡Resultados garantizados!*

Cambiarás tu perspectiva acerca de las ventas por siempre 
y tendrás lo necesario para desarrollar y cerrar oportunidades.

¿Qué aprenderás en el taller?
·         Agregar control y resultados predecibles a tus esfuerzos de ventas
·         Descalificar más rápidamente a prospectos que no valen la pena
·         Hacer que tus prospectos se comprometan utilizando un enfoque de cinco pasos
·         Eliminar las objeciones de precio para siempre
·         Acortar tu ciclo de ventas y eliminar la necesidad de perseguir a tus prospectos para que tomen una decisión
·         Desarrollar un plan de prospección y actividades diarias
·         Diferenciar entre los aspectos técnicos, de actitud y de comportamiento que intervienen en una venta

Te quiero invitar a un cambio total en la manera como abordamos las ventas.

Mediante una capacitación durante los días 2, 4, 9 y 11, divididas en sesiones de 6pm a 9:30 los participantes tendrán una visión de la metodología de ventas Sandler.

La Capacitación consta de clases teóricas en los principios del sistema de ventas Sandler que es 180 grados diferente a la venta tradicional. Se adjunta 
contenido:

Módulos / Contenido:

Los  módulos de cambio de vida del Sistema de Ventas de Sandler incluyen:
1.  Sistema de Ventas. Los Participantes descubrirán el poder del sistema integral de ventas de Sandler y aplíquelo a su enfoque de ventas actual.                                                                                                                                                           
3. Confianza y Entendimiento. Aplique las tecnologías específicas de Sandler al arte de establecer un vínculo afectivo al crear confianza con los prospectos.                                      
4. Evaluación Psicométrica: Se enseñará a los participantes los Estilos de Comportamiento de las personas para poder aplicarlo y lograr entendimiento y Confianza con los Prospectos                                                                                                    
5. Contratos Previos. Tome el control del proceso de ventas al aplicar esta poderosa técnica para impulsar el proceso de ventas.                                                                                        
6. Técnicas de Comunicación. Por medio de las efectivas técnicas de cuestionamiento tales como la "Reversión", aprenda a mejorar ampliamente su capacidad de recopilación de información y a ejercer una mayor influencia en sus prospectos de venta.                                                          

7. Razones para Hacer Negocios (Dolor). Para vender a un prospecto primero debe conocer cuáles son sus  "dolores". Conozca los poderosos procesos de calificación/cuestionamiento necesarios para determinar las razones significativas de compra.                                                            

8. Presupuesto. Descubra las limitaciones presupuestarias que yacen debajo de cada situación de ventas.                                                                                                                             
9. Proceso de Toma de Decisiones. Debido a que su meta de ventas es un resultado positivo, necesita conocer la manera en su prospecto toma decisiones, así como la forma de visualizar, remover o evitar los obstáculos de venta.                                                                                                 

10. Cierre de la Venta. Aprenda a cerrar, sellar y reforzar las ventas de una manera consistente al enfocarse en el dolor del prospecto, en su proceso de toma de decisiones y en su presupuesto.                                                                                                                                                                     
11. Prospeccion : Los Participantes aprenderán a tener un sistema de prospección + una capacitación en llamadas en Frio                                                                                                         
12. Repaso General + Charla Motivacional : Se repasará los conceptos del Sistema de Ventas Sandler y se concluirá con una Sesion de Ganar Duele para impulsar la motivación de los participantes                                      .                                                                                                                                                                                                                                                                  
Las sesiones se desarrollaran en la dirección:  Kra 18 No.93-97 Hora 6:00pm – 9:30pm martes y jueves.

INSCRIBETE:

TOTAL INVERSIÓN POR PERSONA $1.000.000
*Nuestra Garantía:
Si no sientes que el taller te ha dado estrategias y herramientas para calificar prospectos y asegurarte que nunca más le darás una presentación a un prospecto que:

·         Necesite “pensarlo,” o
·         Pedirte un mejor precio, o
·         Te diga “Yo me comunico contigo,” o
·         Se arrepienta después de “cerrar” la venta,

Entonces con gusto, tu entrenador te regresará la cuota de inscripción. Tú serás el juez. Todo lo que pedimos es que vengas con una mentalidad abierta… y listo para aprender

Si requiere de mas informacion podria invitarme a su oficina y con mucho gusto resolveremos sus dudas e inquietudes, quedo al pendiente de una respuesta positiva

-- 
Cordialmente,
 

DARWIN VARGAS SANTOS
Gerente de Ventas y Mercadeo
Logistic & Business Group SAS
Calle 94a N11a-66 Ofic 101
Skype:darwin.vargas.santos
Pagina Web: www.lbg.com.co
Bogota-colombia
 
Aviso de confidencialidad: Este mensaje es para el uso exclusivo de la persona o entidad a la que se encuentra dirigido y puede contener información privilegiada o confidencial. Si usted no es el destinatario autorizado, y recibió este mensaje por error, absténgase de utilizarlo o revelarlo de cualquier forma. Por favor informe al remitente y posteriormente bórrelo de su sistema sin conservar copia del mismo.
Este mensaje y sus documentos adjuntos contienen información de propiedad de Logistic & Business Group SAS, su contenido es confidencial y está protegido por el Derecho de Autor y la normatividad de Propiedad Industrial. Sólo la persona natural o jurídica a quien se dirige cuenta con autorización para acceder a su información. Su divulgación a terceras personas está prohibida

lunes, 25 de agosto de 2014

EXPORTACIONES COLOMBIANAS JUNIO 2014

 En junio de 2014 las ventas externas del país disminuyeron 4,1% con relación al mismo mes de 2013, al pasar de US$4.870,8 millones FOB a US$4.672,5 millones FOB.

 En el mes de junio registraron disminución las exportaciones del grupo de manufacturas (-12,5%) y del grupo de combustibles y productos de las industrias extractivas (-3,0%). El resultado del primer grupo se explicó principalmente por la caída en las ventas de maquinaria y equipo de transporte (-33,9%) y el del segundo grupo, por la disminución en las exportaciones de gas natural (-97,7%) y de petróleo, productos derivados del petróleo y productos conexos (-0,5%).

 Las exportaciones del grupo de agropecuarios, alimentos y bebidas aumentaron 10,9%, debido principalmente al crecimiento en las ventas de café sin tostar descafeinado o no (16,2%), bananas (27,9%), flores y follajes y cortados (14,9%) y aceite de palma y sus fracciones (47,0%), este resultado fue contrarrestado en parte por la disminución en las exportaciones carne de ganado bovino congelada (-96,9%) y pescado congelado (-76,7%).

 El grupo “otros sectores” presentó una disminución de 31,4%, que se explicó fundamentalmente por la reducción en las ventas de oro no monetario (-31,4%). 

 En el mes de junio de 2014 se exportaron 23,6 millones de barriles de petróleo crudo, frente a 24,3 millones en el mismo mes de 2013, lo que representó una disminución de 2,9%.

 El país que más contribuyó a la caída de las exportaciones en el mes de junio fue Estados Unidos (-40,5%) con un aporte de -13,4 puntos porcentuales. Este resultado fue contrarrestado en parte por el aumento de las ventas a China (269,4%) con una contribución de 12,9 puntos porcentuales.

 En los seis primeros meses del año 2014, las exportaciones colombianas registraron una disminución de 4,5% con relación al mismo periodo del año anterior. Este resultado se explicó principalmente por la reducción de 13,5% en el grupo de manufacturas y de 44,0% en el grupo “otros sectores”. 

 En este mismo período, Estados Unidos fue el principal destino de las exportaciones colombianas, con una participación de 25,1% en el valor FOB total exportado; le siguen en su orden, China (12,4%), Panamá (7,3%), India (6,5%), España (5,8%) y Países Bajos (4,6%).



 Las ventas a Estados Unidos en los seis primeros meses del año 2014, registraron una caída de 30,6% y aportaron -10,6 puntos porcentuales a la disminución de las exportaciones totales. Este resultado se explicó principalmente por las menores ventas de combustibles y aceites minerales y sus productos (-37,7%) y perlas finas, piedras y metales preciosos (-47,9%), las cuales restaron en conjunto 32,3 puntos porcentuales a dicho resultado.

En junio de 2014 se declararon ventas al exterior por US$4.672,5 millones FOB, de los cuales US$3.634,1 millones se embarcaron durante este mes, US$571,0 millones en mayo, US$100,6 millones en abril, US$35,2 millones en marzo, US$21,5 millones en febrero, US$11,4 millones en enero y US$298,7 millones en meses anteriores.

Fuente: Dane Boletin de Exportaciones